SINTEP PIT CNT
TRABAJADORES DE LA ENSEÑANZA PRIVADA
7ma.
Ronda de Consejos de Salarios 2018-2020
PLATAFORMA
REIVINDICATIVA Y PROGRAMÁTICA PARA TODO EL GRUPO 16
Valoraciones preliminares:
La formulación de los contenidos, tanto
salariales como extra salariales que se postulan en esta plataforma, surge de
los procesos de elaboración colectiva que viene desarrollando el sindicato en
el último tiempo.
En la misma se recogen aspiraciones
legítimas de mejoramiento laboral, pero también son el resultado de la búsqueda
de soluciones que hacemos las y los trabajadores a problemas reales y
significativos que aquejan nuestra labor diaria, así como nuestras condiciones
de vida.
Por último es relevante destacar que la
elaboración de una plataforma no es ni puede ser entendida como una mera
expresión de deseos. Debe ser sobre todo el reflejo de la voluntad de todos y
todas para hacer realidad lo que estamos reclamando.
Con estas consideraciones de partida les
dejamos a continuación la base para la plataforma de rama:
Reivindicaciones salariales
1.
Cumplimiento general e irrestricto del
pago de la antigüedad y el complemento al subsidio por enfermedad para todos
los subgrupos de la rama.
2.
Por un ajuste salarial que asegure
aumento de salario real. En consecuencia reclamamos un incremento general de
salarios, bajo una fórmula de ajuste combinada que incluya inflación proyectada
más un 5% de incremento de salario real por período interanual durante los dos
años de duración del convenio. Priorizar un ajuste diferenciado de 10% por
período interanual para los salarios que están por debajo del los $25.000
mensuales.
3.
Correctivo por inflación de aplicación
semestral.
4.
Establecimiento de la media canasta
básica como salario mínimo del sector por una jornada semanal mensual de 40 horas.
Reivindicaciones extrasalariales
1.
Eliminación de los contratos a término.
2.
Prohibición de los despidos a
trabajadoras embarazadas o en período de lactancia.
3.
Establecimiento de un mínimo de 5 días
pagos al año para víctimas de violencia domestica.
4.
Establecimiento de un mínimo de 5 días
pagos al año para cuidados de familiares directos por razones de salud
debidamente certificadas.
5.
Limitación de la jornada laboral con
criterios precisos según la realidad de cada subgrupo.
6.
Pago de hora extra para toda actividad
que se exceda del tiempo de trabajo establecido por la jornada laboral
habitual.
7.
Cláusula contra despidos arbitrarios:
ante una situación de despido se deberá avisar obligatoriamente con un mínimo
de 30 días previos al último día de clase del subsistema o programa
correspondiente. Este aviso deberá comunicarse a la organización sindical.
8.
Ampliación de los días por estudio e
impulso de la formación permanente, en régimen de responsabilidad compartida
entre empleador y trabajadores (liberación parcial de horario de trabajo).
9.
Incremento de una hora de licencia
sindical para los núcleos de base de las instituciones con 25 o menos
trabajadores
10. Establecer una hora sin descuento para la realización
de asamblea de núcleo en horario de trabajo y dentro del centro, al menos una
vez al año y de dos horas sin descuento en caso de haber sido declarado el
conflicto. Usufructo de las instalaciones edilicias de los centros de trabajo
para las asambleas de los núcleos de base
11. Multa por atraso en los créditos laborales (salarios,
aguinaldos, salario vacacional, etc.) en base a la aplicación automática de un
10% de mora a pagarse al momento de hacer efectivo la remuneración atrasada. Se
adicionara un 2% de forma sucesiva por mes de atraso.
12. Categorías a) Definición de categorías
(descripción, coeficiente e interrelación) para todos los subgrupos donde están
pendientes de actualización o directamente no existen. A los efectos operativos
se propone la creación de comisiones tripartitas con plazo máximo de 90 días
para concluir su trabajo. b) Interrelación salarial para las
categorías del subgrupo 02. A los efectos operativos se propone la reactivación
de la comisión ya creada con un plazo máximo de 60 días para concluir su
trabajo.
13. Establecimiento de un día libre para los trabajadores
de la enseñanza privada que, en su condición de empleados públicos, deban
cumplir funciones en las elecciones nacionales, departamentales y todo comicio
convocado por la corte electoral.
14. Pago de viático por traslado interdepartamental para
los trabajadores que desempeñan funciones en un departamento y residen en otro.
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