jueves, 22 de agosto de 2019

INICIATIVAS PARA FRENAR EL TREN DE UPM


INICIATIVAS PARA FRENAR EL TREN DE UPM
INFORMACIÓN SOBRE ESTA INICIATIVA POPULAR
Varios centros poblados del Interior y la Capital hemos puesto en marcha iniciativas legislativas locales previstas en la Constitución de la República para prohibir el pasaje por su planta urbana de los trenes de carga de la empresa UPM.
Ante la falta de atención a nuestros reclamos y derechos por el gobierno nacional y la omisión de las autoridades departamentales, vecinos de las ciudades de Durazno, Florida, 25 de Agosto, Sarandí Grande, 25 de Mayo, Las Piedras, Progreso y los municipios "C" y "G" de Montevideo hemos lanzado una iniciativa legislativa local con el fin de prohibir que el nuevo tren de cargas para la proyectada planta de celulosa de UPM a orillas del Río Negro atraviese la zona urbana de esas localidades.
La decisión de los pobladores es una consecuencia de la resolución del Ministerio de Vivienda Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA) de otorgar la autorización ambiental al proyecto del Ferrocarril Central presentado por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) como parte de los compromisos asumidos por el gobierno nacional para facilitar las inversiones de la multinacional finlandesa UPM.
El Artículo 262 de la Constitución dispone que "El Gobierno y la Administración de los Departamentos, con excepción de los servicios de seguridad pública, serán ejercidos por una Junta Departamental y un Intendente...". Estas atribuciones son reforzadas por la Ley Orgánica Municipal N° 9.515, la Ley General del Ambiente N° 17.283 y la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible N° 18.308.
Ahora bien, en el caso de la nueva planta de UPM, los Intendentes y las Juntas de los cuatro departamentos involucrados, Montevideo, Canelones, Florida y Durazno, fuera de algunas observaciones críticas, no han hecho valer las atribuciones que obligarían al Poder Ejecutivo a evaluar, reformular o prohibir inclusive el proyecto, si éste no se adecua a las directrices de ordenamiento y de desarrollo local.
Pero si los órganos representativos no atienden los reclamos de los ciudadanos, hay medios legales de consulta directa a la población. La iniciativa legislativa local necesita la firma del 15% de los electores de una jurisdicción para proponer una norma con fuerza de ley a la Junta Departamental. Y si ésta no la aprueba debe ser sometida a referéndum, así que en definitiva es la población la que toma la decisión.
MAS INFORMACION www.trenupmno.com



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