INICIATIVAS PARA FRENAR EL TREN DE UPM
INFORMACIÓN SOBRE ESTA INICIATIVA
POPULAR
Varios
centros poblados del Interior y la Capital hemos puesto en marcha iniciativas
legislativas locales previstas en la Constitución de la República para prohibir el pasaje
por su planta urbana de los trenes de carga de la empresa UPM.
Ante la falta de atención a
nuestros reclamos y derechos por el gobierno nacional y la omisión de las
autoridades departamentales, vecinos de las ciudades de Durazno, Florida, 25 de
Agosto, Sarandí Grande, 25 de Mayo, Las Piedras, Progreso y los municipios
"C" y "G" de Montevideo hemos lanzado una iniciativa
legislativa local con el fin de prohibir que el nuevo tren de cargas para la
proyectada planta de celulosa de UPM a orillas del Río Negro atraviese la zona
urbana de esas localidades.
La decisión de los pobladores es
una consecuencia de la resolución del Ministerio de Vivienda Territorial y
Medio Ambiente (MVOTMA) de otorgar la autorización ambiental al proyecto del
Ferrocarril Central presentado por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas
(MTOP) como parte de los compromisos asumidos por el gobierno nacional para
facilitar las inversiones de la multinacional finlandesa UPM.
El Artículo 262 de la
Constitución dispone que "El Gobierno y la Administración de los
Departamentos, con excepción de los servicios de seguridad pública, serán
ejercidos por una Junta Departamental y un Intendente...". Estas
atribuciones son reforzadas por la Ley Orgánica Municipal N° 9.515, la Ley
General del Ambiente N° 17.283 y la Ley de Ordenamiento Territorial y
Desarrollo Sostenible N° 18.308.
Ahora bien, en el caso de la
nueva planta de UPM, los Intendentes y las Juntas de los cuatro departamentos
involucrados, Montevideo, Canelones, Florida y Durazno, fuera de algunas
observaciones críticas, no han hecho valer las atribuciones que obligarían al
Poder Ejecutivo a evaluar, reformular o prohibir inclusive el proyecto, si éste
no se adecua a las directrices de ordenamiento y de desarrollo local.
Pero si los órganos
representativos no atienden los reclamos de los ciudadanos, hay medios legales
de consulta directa a la población. La iniciativa legislativa local necesita la
firma del 15% de los electores de una jurisdicción para proponer una norma con
fuerza de ley a la Junta Departamental. Y si ésta no la aprueba debe ser
sometida a referéndum, así que en definitiva es la población la que toma la
decisión.
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