domingo, 31 de marzo de 2019

ROU-UPM,

¿CUÁL ES LA FINANCIACIÓN DEL PROYECTO FERROVIARIO EN EL “CONTRATO” ROU-UPM?
El artículo 3.3.1 del “contrato” dice textualmente: “La República Oriental del Uruguay a través del Ministerio de Transporte y Obras Públicas construirá y mantendrá el proyecto ferroviario Ferrocarril Central que une el puerto de Montevideo con la ciudad de Paso de los Toros.” La ferrovía se extenderá por 273 km entre sus extremos, con un costo aproximado de U$S 800.000.000. Para hacer posible este proyecto, será necesario expropiar hasta 500 padrones inmobiliarios. El costo, no solo comprende la ferrovía en sí, sino que se agregan unos 40 puentes, un viaducto de ingreso al puerto de Montevideo, además de infraestructuras varias.
¿Cómo asume Uruguay el costo de la ferrovía?, pues de la manera más ilegal e inconstitucional posible. La ley 18719 (ley de presupuesto nacional 2010-2014 de la presidencia de José Mujica), crea el Fondo de Estabilización Energética (FEE) en su artículo 773. Este FEE tiene por cometido crear una reserva monetaria para que UTE pueda acceder a la compra de combustibles e insumos necesarios para el funcionamiento de las usinas de generación eléctrica ante eventuales sequías (como las habidas en 2008-2009) que mengüen la capacidad generativa de las represas hidroeléctricas. Los aportes del FEE, son hechos por los clientes de UTE, en cada factura. Así, UTE viene haciendo reservas desde el año 2010, y con la llegada de la administración de Tabaré Vázquez, se ha evaluado que UTE tiene reservas que superan ampliamente las necesidades que podrían presentarse ante una crisis hídrica. Así, por el artículo 310 de la Ley de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal (ley 19670), se dispuso lo siguiente:
“Artículo 310.- El excedente del Fondo de Estabilización Energética determinado de acuerdo a los artículos 1º y 2 de la Ley Nº 19.620, de 17 de mayo de 2018, se destinará a financiar tanto las expropiaciones, como la ejecución de obras adicionales y adelantos a cuenta del Pago por Disponibilidad, derivados de los procesos de adjudicación del Proyecto de Infraestructura "Ferrocarril Central"”.
Pero el artículo 190 de la Constitución establece:
“Artículo 190: Los Entes Autónomos y los Servicios Descentralizados no podrán realizar negocios extraños al giro que preceptivamente les asignen las leyes, ni disponer de sus recursos para fines ajenos a sus actividades normales.”
Así entonces, el artículo 310 de la ley 19670, es inconstitucional, ya que UTE es un ente autónomo. Además, también es atentatorio de la ley creadora de la propia UTE, la ley 15031, que en su artículo 3 establece:
“Artículo 3º.- La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas tendrá por cometido la prestación del servicio público de electricidad, de acuerdo con las previsiones de la Ley Nacional de Electricidad (ley 14.694, de 1º de setiembre de 1977).
En consecuencia, le corresponde el planeamiento, estudio, proyección y realización de las obras necesarias para el eficaz cumplimiento de dicho servicio público.”
Este artículo fija claramente cuáles son las funciones y cometidos del ente, y no menciona para nada la financiación de proyectos ferroviarios.
Esto quiere decir, que los recursos del FEE deben ser invertidos en la propia UTE, son recaudados por esa empresa estatal, y su destino debe ser para la misma, no pudiéndose apartar por ley y por mandato constitucional, ni los fondos, ni los cometidos, ni las funciones de dicha empresa. Se transgrede la ley y la Constitución simultáneamente. ¿Qué ha hecho la administración de Tabaré Vázquez con el FEE?, de todo, menos respetar a la ley y a la Constitución. Ana Carolina Cosse, propuso en la sesión parlamentaria destinar dichos recursos para gastos de presupuesto. Gran parte del mismo fue derivado a rentas generales, y también al pago de gastos y compensaciones de ANEP. En aquella sesión parlamentaria, los partidos de la oposición votaron en contra del uso de los recursos del FEE, incluso el Partido Colorado propuso que si se tuviera que decidir algún destino del FEE, que el mismo fuera para reducir el costo de la tarifa eléctrica, pero la mayoría legislativa del Frente Amplio lo impidió y acompañó en su totalidad, la línea del Poder Ejecutivo. Actualmente el FEE se ha transformado en cualquier cosa, pero sobre todo, en un engaño, una estafa para los clientes de UTE. Somos los clientes los que aportamos para el mantenimiento de ese fondo, y las tarifas de las empresas públicas, son PRECIOS, así lo sostiene por unanimidad la doctrina y jurisprudencia de Derecho Público, y no deben ser impuestos encubiertos, ni subvenciones a empresas privadas, como el caso UPM. Ahora el FEE, ya no nos protegerá de una eventual sequía para solventar gastos de importación de combustibles e insumos para generar energía eléctrica, no estará para nuestro beneficio. No, ahora estará para nuestro perjuicio, ilegal e inconstitucional, para la construcción y mantenimiento de una ferrovía para UPM. Esa es la realidad que estamos viviendo. Hay que atacar por inconstitucional al “contrato”
ROU-UPM, y al artículo 310 de la ley 19670.

No hay comentarios:

Publicar un comentario