Uruguay / Comisión de Patrimonio del MEC suspende el tratamiento de Estudios de impacto ambiental arqueológico
Montevideo 20/02/2015
El 9 de enero de 2015, y por decisión unilateral de su Director, la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura suspende el tratamiento de los Estudios de impacto ambiental arqueológico en todo el territorio nacional.
Esta resolución fue fundamentada en “la imposibilidad material” por parte del aparato administrativo de dicha Comisión “de dar trámite, en tiempo y forma a la tarea de Evaluación y seguimiento” de estos estudios en virtud de una escasez crítica de recursos humanos.
A título seguido, la resolución da por aprobados todos los estudios de impacto arqueológico “cuyo tratamiento haya superado los términos y plazos legales establecidos”.
Ante este hecho, la Asociación de Arqueología del Uruguay en formación, considera pertinente elevar una enfática protesta contra dicha resolución, y expresa: La suspensión de la Evaluación de los estudios de impacto arqueológico, en un período de la historia del país en que —como declara la propia resolución— se han multiplicado las obras a gran escala vinculadas entre otras a la matriz energética, implica un acto de flagrante menoscabo a la salvaguarda del patrimonio cultural del país.
Vale mencionar que de acuerdo a la resolución, sólo se continuarán dichos estudios en los sitios declarados Monumento Histórico Nacional, figura formal que cubre una fracción mínima del patrimonio arqueológico del territorio. Como consecuencia de la decisión tomada, al suspenderse el tratamiento de los demás estudios, queda seriamente limitada la protección de patrimonio aún no descubierto o reconocido legalmente por el Estado.
Esto constituye un daño incalculable a la cultura, la historia y la memoria de todos los uruguayos, impidiendo el derecho de los ciudadanos al conocimiento y disfrute del Patrimonio y la generación de conocimiento en torno al mismo. La aprobación a tabula rasa de los estudios que se encontraban en trámite, y que por diversos motivos no se hubieren aprobado antes del 7 de enero de 2015, y su subsiguiente comunicación a la Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA) deja un enorme margen de incertidumbre respecto a dos temas.
En primer lugar, cuál es el contenido de los estudios efectivamente aprobados, y en segundo lugar, cuál va a ser el curso que se le dé en la DINAMA a estos estudios. Cabe aclarar a propósito de esto último que la DINAMA no cuenta actualmente con arqueólogos entre su personal técnico, y esto implica una clara falta de garantía en relación a la evaluación futura de los estudios de impacto arqueológico.
Articulando las dos consideraciones previas, es de especial relevancia señalar que la resolución del Director de la Comisión de Patrimonio se produjo a cincuenta días del cambio de autoridades nacionales, lo cual añade un matiz caótico a la situación expuesta: se trata de cincuenta días en que las obras sujetas a evaluación de impacto siguen en ejecución, pero durante los cuales las posibilidades de revertir los efectos de la resolución se encuentran severamente restringidas.
Las autoridades salientes carecen de facto de poder efectivo, y las entrantes aún no son capaces de actuar. Nos encontramos por ende en una situación donde un solo individuo, so pretexto del incremento exponencial en las iniciativas de desarrollo productivo y energético del país, toma una resolución en que son expuestos a daño irreversible elementos del patrimonio cultural de los uruguayos, menos tangible pero igual de esencial para el desarrollo de la nación.
La ineficacia de la Comisión de Patrimonio para cumplir en tiempo y forma con las solicitudes y contralores es más una consecuencia de la falta de preocupación por parte de las autoridades competentes en la materia (MEC) en fortalecer las instituciones tanto desde el punto de vista técnico como financiero, que una causa para la omisión de una función.
La gravedad del asunto aumenta si se piensa que dicha omisión se ampara en el argumento del aumento de proyectos desarrollistas en el país. Por otro lado, la Resolución se basa a nivel legal en que la Ley de Impacto Ambiental no menciona a la CPCN y que la Ley de Patrimonio no menciona el impacto ambiental (cuando obviamente en 1971, fecha en que se aprueba dicha ley, no existía esta figura). Es claro que nuestra legislación necesita de forma urgente una actualización y fortalecimiento de la normativa relacionada con el tratamiento de los bienes culturales y patrimoniales, y sin embargo, no ha habido en todos estos años por parte de las autoridades iniciativas claras de impulsar esta reforma.
Para finalizar, entendemos que un proyecto desarrollista como el que el país atraviesa actualmente debe acompañarse de una gestión eficaz y legalmente robusta que proteja los bienes arqueológicos, fundamentales en el desarrollo del país, la identidad y la memoria colectivas.
Representantes de la Asociación de Arqueología del Uruguay en formación:
Alfonso Raúl Machado -Arnaud Bianca -Vienni Baptista - Camila Gianotti García -Carolina Delgado Domínguez -Diego Aguirrezábal Piccinino - Elena Vallvé Garibaldi - Elizabeth Norma Onega Vila - Eugenia Villarmarzo Andreatta - Gastón Lamas Rivero - Gonzalo Luis Figueiro Lastreto - Gustavo Casanova Migliardo - Irina Capdepont Caffa - Laura Brum Bulanti - Laura del Puerto García - Leonel Cabrera Pérez - Ma. del Carmen Curbelo - Mario Consens - Mercedes Andrea Sosa Fagundez - Moira Sotelo Rico - Natalia Azziz de los Santos -Nicolás Batalla - Nicolás Gazzán Píriz - Óscar Omar Marozzi López- Paula Larghero Pose - Paula Tabárez Hernández - Verónica De León Fleitas - Ximena Salvo Eulacio
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