CUESTIONAN EL PLAN DE AGUAS POR
INCONSTITUCIONAL E ILEGAL
Representantes de organizaciones
sociales presentaron ante la Presidencia de la República un recurso legal
planteando la anulación del decreto del Poder Ejecutivo que aprobó el Plan
Nacional de Aguas porque en su elaboración no se aplicaron disposiciones
constitucionales y legales vigentes al respecto.
En nombre de Paysandú Nuestro y el Movimiento por un
Uruguay Sustentable (Movus), Patricia Correa y Víctor Bacchetta,
respectivamente, y el abogado Rodrigo Speranza, sostienen que la definición del
Plan no cumplió con el Artículo 47 de la Constitución que establece que "Los
usuarios y la sociedad civil, participarán en todas las instancias de
planificación, gestión y control de recursos hídricos".
Esta disposición forma parte de la reforma
constitucional promovida por un amplio movimiento social y político, encabezado
por la Comisión Nacional en Defensa del Agua y la Vida (CNDAV), que fue
plebiscitada en octubre de 2004. En esa ocasión, más de 64% de los votantes se
pronunció a favor de una cláusula que reconoce y obliga a la defensa
del acceso al agua como un derecho humano.
Posteriormente,
la Ley 18.610 de la Política Nacional de Aguas, que reglamentó la aplicación
del Artículo 47, redujo el sentido de la enmienda constitucional al limitar el
papel de las comisiones de cuenca y acuíferos a la función de simples asesoras.
No obstante, creó un Consejo Nacional de Ambiente, Agua y Territorio integrado
en partes iguales por representantes del gobierno, usuarios y la sociedad
civil.
El
Consejo debía participar en la elaboración y control de las políticas, las
directrices nacionales de agua, ambiente y territorio, así como del plan
nacional de gestión de las aguas. Ese Consejo nunca fue convocado, la ejecución
del Plan Nacional de Aguas aprobado por el Poder Ejecutivo queda en manos de un
Sistema Nacional Ambiental creado por decreto y adscripto a la Presidencia de
la República.
El
recurso presentado propone que se deje sin efecto, por ilegal e inconstitucional,
el proceso para definir el Plan Nacional de Aguas aprobado por el Decreto
205/017 del 31 de julio del 2017. Ilegal porque no participó el órgano que por
ley debió elaborar ese plan e inconstitucional por no cumplir que la
participación de la sociedad civil y los usuarios sea en todas las etapas de
planificación, gestión y control.
Las organizaciones
sociales esperan que, una vez anulado ese decreto, se convoque al Consejo
Nacional de Agua, Ambiente y Territorio para elaborar un Plan Nacional de Aguas
acorde con el mandato constitucional, que dé prioridad al consumo de agua
potable y donde las comisiones de cuencas y acuíferos participen efectivamente
en todas las instancias de planificación, gestión y control de las aguas.
Paysandú
Nuestro
Movimiento
por un Uruguay Sustentable (Movus)
4 de
setiembre de 2017
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