ARGENTINA
Milei contra los trabajadores
El 27 de Febrero el Senado argentino aprobó la
Reforma Laboral en medio de fuertes movilizaciones y la represión desatada en
las calles.
Bajo el título de “modernización laboral” se
retroceden décadas en derechos adquiridos y conquistados por las organizaciones
obreras. “El empleador está facultado para introducir todos aquellos
cambios relativos a la forma y modalidades de la prestación del trabajo”
y “cuando el empleador disponga medidas vedadas por este artículo,
al trabajador, previa intimación y si ésta fuere desoída, le asistirá la
posibilidad de considerarse despedido sin causa”.
Todas las potestades pasan a estar en manos del
empleador, derogando convenios colectivos y estatutos, las empresas podrán imponer jornadas de 12 horas, no pagar
las horas extras, abonar los salarios “en especies”, despedir con menores
indemnizaciones y limitar la actividad sindical.
“Para el caso de los despidos,
la ley le asesta un duro golpe a las indemnizaciones. Ya no
serán según el convenio de cada sector sino que tomará en cuenta el salario
básico, la antigüedad y demás sumas legales, pero no las horas extras, los
denominados “plus” ni las gratificaciones extraordinarias.
La base de todo ello no podrá
superar el 67 por ciento del valor del convenio. Y
para el caso de los despidos “sin causa”, la indemnización será equivalente a
solo un mes de sueldo por cada año de servicio, tomando como parámetro el mejor
sueldo del último período.”
Se crea el “Fondo de Asistencia Laboral (FAL),
un sistema que toma dinero del fondo de jubilaciones y pensiones para pagar las
indemnizaciones por despido de las empresas. O sea que el
Estado pagará los despidos que hasta ahora el empresario cubría con los aportes
patronales.
El proyecto
establecía una cuota del 3 por ciento de la remuneración, con la cual el
empleado financiará su futura desvinculación. El monto que el FAL tomará de la
caja previsional será de casi 4 billones de pesos “, de esta forma se arma un
nuevo subsidio estatal para las empresas.
Se
limita el derecho de huelga y las potestades de los delegados, se dictan
servicios esenciales en algunas áreas, recortando el derecho de huelga.
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